sábado, 4 de abril de 2009

FINANZAS PERSONALES

LOLITA LLAMA, Y LA ABERRANTE DIRECCIÓN DE TRÁNSITO MUNICIPAL

JOSÉ EDUARDO CELIS OCHOA CORDERO

Hace algunas semanas cuando comentamos acerca del pago de la Tenencia Vehicular llegamos a la conclusión de que no nos podremos zafar del pago de esa carga impositiva, por más que algunos politiquillos lo hayan prometido, señalamos además que si queremos exigir a nuestros gobernantes el cabal cumplimiento de sus obligaciones para con la ciudadanía entonces lo mejor que podemos hacer es estar al día en el pago de los impuestos.
Si usted es un empleado asalariado, o cobra por honorarios, ya sea derivados de servicios profesionales o de arrendamiento, es muy probable que en este mes de abril, a más tardar el día treinta, tenga que presentar su declaración del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2008, si se encuentra dentro de algunos de los siguientes supuestos:
-Cuando haya obtenido otros ingresos acumulables distintos a salarios.
-Cuando haya dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre, o cuando haya prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
-Cuando haya obtenido ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones, (organismos internacionales y los Estados extranjeros o embajadas).
-Cuando haya obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos asimilados a salarios que excedan de $400,000.00.
-Cuando haya comunicado por escrito al patrón que presentarán declaración anual por su cuenta.
Actualmente el SAT sugiere la presentación de la mencionada declaración, utilizando la declaración prellenada, disponible en el Portal de Internet del SAT.
La declaración prellenada ya contiene los datos del contribuyente y cálculo de la misma, por que ofrece la posibilidad de que los contribuyentes sólo verifiquen sus datos, anoten sus deducciones, en caso de tenerlas, firmen y envíen por Internet su declaración.
Ahora bien, lo mejor que puede hacer es asesorarse en el SAT, en donde se supone lo deben orientar en el correcto manejo de los formatos que se debe presentar, así como en el soporte de la documentación comprobatoria que le permita tener una disminución de lo que tiene que pagar, -en caso de que tenga una diferencia en su contra-, o bien lo que la citada dependencia le tenga que devolver, -en caso de que tenga saldo a favor-. En su defecto, le sugiero consultar nuestras planas de finanzas del lunes próximo.
Lo conceptos por lo cuales puede tener una disminución del Impuesto Sobre la Renta, son entre otros:
1. Gastos médicos: Quedan comprendidos los honorarios médicos, gastos hospitalarios, y la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis. Estos gastos pueden erogarse para atención del propio contribuyente, o bien para su cónyuge, persona con quien viva en concubinato o sus ascendientes o descendientes en línea recta siempre que las personas señaladas no perciban ingresos superiores a un salario mínimo. Otro aspecto a considerar es que los gastos deben erogarse a favor de personas residentes en México, por lo que los honorarios a doctores residentes en el extranjero o los pagos a hospitales extranjeros no podrán deducirse.

2. Medicinas: Sólo si están incluidas en las facturas que expiden las instituciones hospitalarias. Por lo tanto, las compras de medicinas en cualquier otra farmacia no podrán deducirse.
3. Compra de lentes: La compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, será deducible hasta por un monto de alrededor de $2,500.00, en el ejercicio, siempre que se describan las características de dichos lentes en la factura correspondiente o, en su defecto, se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista.
4. Gastos de funeral: Estos gastos están limitados a un salario mínimo anual, que en el caso del D.F. serían $20,002.00. Debe tenerse cuidado porque los gastos de previsión (todos los paquetes que se adquieren para cuando se requiera hacer uso de este tipo de servicios) serán deducibles hasta ese momento, es decir, cuando se utilicen y no cuando se pagaron.
5. Intereses reales por créditos hipotecarios: Si está pagando el crédito hipotecario de su casa habitación, y el valor de ésta no excede de 1’500,000 Udis, (alrededor de 4.18 pesos por Udi) la institución financiera que te otorgó el crédito, o en su caso instituciones públicas como el Infonavit, le deben entregar una constancia señalando el monto de los intereses reales (interés nominal pagado menos inflación) que podrá deducir en su declaración anual. En los primeros años de vida del crédito, esta deducción llega a generar saldos a favor por aproximadamente el equivalente al pago de dos mensualidades de su crédito.
6. Gastos de transporte escolar de sus descendientes: Para que proceda esta deducción es necesario que su pago sea obligatorio en términos de las disposiciones de la entidad o municipio donde se ubique la escuela o bien, que la escuela obligue a todos sus alumnos a pagar por este servicio.
7. Donativos: A fin de que proceda la deducción DEBERÁ CONTAR CON EL COMPROBANTE CORRESPONDIENTE en el que deberá constar que la persona (física o moral) cuenta con autorización para recibir donativos deducibles.
8. Primas de seguros: Las primas de seguro de gastos médicos sí son deducibles, pero las primas de seguro de vida no.
Bien, hasta aquí, lo demás depende de usted, puede profundizar en la información en las fuentes que ya le comenté.
Lo que sí es bueno recalcar es por ejemplo el punto siete que nos menciona los donativos, seguramente en su bolsillo está la merma que el “Gobierno que late” le ocasionó por la suma de diez pesos, pagados “Voluntariamente a fuerzas”, por aportación a la Cruz Roja cuando usted tuvo que erogar por la tasa impositiva de la tenencia.
El gobierno estatal no menciona en el cuerpo del documento del pago de la tenencia que esa “Donación voluntaria” de dinero se puede deducir de impuestos, ¿verdad que no? ¡Ya mero! ¡Si no son tan tontos!
Y qué me dice del redondeo o del teletón, ¿verdad que tenemos razón en pedir el respectivo recibo deducible de impuestos? ¿Pero en verdad a quién se los deducen?, bueno la respuesta ya la sabemos.
Otro tema digno de comentarse (una vez más, o para ser más exactos por enésima ocasión) es el problema del tráfico vehicular en la que algún día fue catalogada como la Atenas Veracruzana, es decir la ciudad capital del Estado de Veracruz, a la que lamentablemente ninguno de los órdenes de gobierno: municipal, estatal e inclusive legislativo han hecho absolutamente nada para rescatar el valor cultural que en mi juventud teníamos en esta ciudad.
A cambio de ello, nos obsequiaron con un horrendo carnaval –no cabe duda que al pueblo pan y circo-, tengo en mis archivos las declaraciones de la reina del carnaval, cuando visitó las instalaciones de esta casa editorial y la verdad de las cosas dejan mucho que desear, con ello me di cuenta de que cada vez “estamos pior”, pese a que el Presidente del Comité se vanaglorie de la asistencia de más de seiscientas mil personas, con saldo blanco, ya que el muertito falleció en horario fuera del carnaval, por lo que ese deceso no afectó a las estadísticas de los festejos, sería bueno que se asesoraran con un médico que les diga a partir de qué momento la ingesta acumulada de alcohol afecta visiblemente los sentidos para aseverar que el deceso no fue en “horas del carnaval” ni a consecuencia de la escandalosa venta de alcohol a lo largo de la fiesta.
Cierto es que culturalmente hablando hay algunas cosas que valen la pena, pero son acontecimientos aislados; por ejemplo, en alguno de ellos sin ningún disimulo se encajó un comercial del gobierno estatal, tal es el caso de la ópera Carmen de Bizet, en cuyo tercer acto (si no me falla la memoria) apareció el armatoste de la Araucaria, el cual por cierto han tratado inútilmente de convertir en el símbolo de Xalapa, pero cómo puede usted darle esa presencia a un montón de fierro en donde la vialidad es espantosa. Muchas veces aseguramos con pelos y señales la pésima planeación de ese “Distribuidor Vial” y los resultados están a la vista.
En cuanto a lo del tráfico vehicular, sucede que desde hace un par de semanas, la inútil Dirección de Transito ha permitido el estacionamiento de autobuses de pasajeros de grandes dimensiones en la Avenida 20 de Noviembre, donde se encuentra ubicado el hotel Howard Johnson, prácticamente a todas horas del día y en ambas aceras.
Como la velocidad de pensamiento del Sr. Martínez (el actual Director de Tránsito Municipal), se dice se cuenta y se rumora es de 6 km por hora (velocidad promedio vehicular en Xalapa), pues al parecer él se encuentra feliz de que no sólo tengamos baches por doquier, sino que aunado a ello, la circulación vial en uno de los sitios que tiene un mayor porcentaje de accidentes automovilísticos (ahí están las estadísticas de la propia Dirección) se haga todo lo posible por obstruirla, por ejemplo el día de ayer alrededor de la siete treinta de la mañana ocurrió una carambola de tres autos con las consecuencias que ya se podrá imaginar usted, en ese lugar estaba un agente de Tránsito con una cara de espanto pues al parecer él no sabía si “levantar el reporte del accidente” o tratar de dirigir el tráfico, pues por un lado se encontraban los vehículos colisionados en medio del arroyo vehicular; en la proximidad de ambas aceras estaban estacionados los autobuses de pasajeros y sólo quedaba un espacio reducido para continuar en ambos sentidos.
Otro asunto es el radar que pusieron en la entrada de Xalapa a la altura de Plaza Américas, el cual fue puesto de “mala fe” pues es evidente que si se viene de carretera, no se está llegando a 40 km por hora, amén de no existir señalamientos claros del tope máximo de velocidad permitida.
¡Ya es tiempo de que quiten a ese señor Martínez que tanto daño nos ha hecho!
Aprovecho para decirles que haremos un descanso la semana próxima para estar con el Señor, nos volveremos a encontrar el 18 de abril si él lo permite.
Correo jose_celis_8@hotmail.com y ahora también en Internet en el blog http://diarioelindependiente.blogspot.com (entrando en columna independiente).

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